BASES IMPONIBLES NEGATIVAS. AVISO A NAVEGANTES, HACIENDA VA A POR ELLAS
El Plan de Control Tributario 2024 de la AEAT anunció un mayor control sobre las bases imponibles negativas (BIN) de las sociedades. Hasta donde sabemos, el plan ya está siendo ejecutado.
Plazo de comprobación
La AEAT dispone de un plazo de 10 años para comprobar las BIN que han sido compensadas o que están pendientes de compensar.
Lo que significa que, más allá de la obligación general de conservar la documentación contable por un periodo de cinco años, deberá ser archivada y guardada convenientemente aquella documentación relacionada con el ejercicio en el que hayan sido declaradas pérdidas hasta por 10 años.
¿Qué hacer?
Aquellas empresas que hayan declarado pérdidas en cualquiera de los 10 últimos ejercicios deben prepararse para una posible comprobación por parte de la AEAT.
¿Cómo prepararse para esta posible inspección?
v Conservar toda la documentación que permita acreditar la existencia de pérdidas. Hasta 10 años atrás.
v Asegurarse de haber depositado las Cuentas Anuales en el Registro Mercantil.
v Estar preparados para dar la bienvenida al inspector de turno.
¿Qué decimos en MJ&A Abogados y Asesores?
Que no hay “nada nuevo bajo el sol”.
Que el estado necesita más dinero del que recauda por vía ordinaria.
Que la labor de la inspección es siempre rentable para el estado = recaudación + sanciones.
Que la mejor forma de prevenir actuaciones inspectoras con recaudación no es ahorrar presupuesto con los honorarios del asesor fiscal.
Que la mejor forma de prevenir actuaciones inspectoras con recaudación es exigir a tu equipo de asesores que gestione adecuadamente el grado de exposición al riesgo de tu empresa de cometer infracciones.
Nosotros le decimos: “estamos ahí para ayudarles”.
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