CAMBIOS TRIBUTARIOS EN EL HORIZONTE 2025
Esta circular tiene como propósito informarle de las recientes enmiendas propuestas por el Grupo Parlamentario Socialista (PSOE) al Proyecto de ley en trámite sobre modificaciones en el ámbito tributario.
Estas propuestas incluyen varias modificaciones importantes, como la creación de nuevos impuestos específicos, cambios en el Impuesto sobre Sociedades, un incremento en la tributación de las rentas de capital en el IRPF y medidas adicionales para combatir el fraude.
CAMBIOS EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES
Las enmiendas afectan varios aspectos de este impuesto clave, incluyendo:
- Reintroducción de límites para grandes empresas: Se retoman los límites en la compensación de bases imponibles negativas (BINs), revocados anteriormente por el Tribunal Constitucional, estableciendo topes del 50% para empresas con ingresos entre 20 y 60 millones de euros, y del 25% para aquellas que superen los 60 millones.
- Reserva de capitalización: Se modula la reducción en la base imponible según el incremento de la plantilla con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2025.
- - 20 por 100 del importe del incremento de los fondos propios, sin tener en cuenta la plantilla de la empresa.
- - 23 por 100 si la plantilla media en el período impositivo se haya incrementado, respecto de la plantilla del período impositivo anterior en un mínimo de un 2 por 100 sin superar un 5 por 100.
- - 26,5 por 100 si el incremento de la plantilla media del período impositivo anterior se encuentre entre un 5 y un 10 por 100.
- - 30 por 100 si el incremento de plantilla es superior a un 10 por 100.
El importe de la reducción no puede superar el 20% de la base imponible o del 25%, en el caso de que el INCN sea inferior a 1.000.000€. En caso de insuficiencia base imponible las cantidades pendientes se podrán aplicar en los períodos impositivos que finalicen en los 2 años inmediatos y siguientes.
- Reversión de deterioros de valores y compensación de bases imponibles negativas (BINs): Para recuperar los deterioros fiscales de valores deducibles anteriores a 2013, las empresas deberán revertir estos importes en partes iguales a partir de 2024.
- Reducción de tipos para microempresas y empresas de reducida dimensión (ERD): A partir de 2025, se establece un tipo reducido para las microempresas, empezando en 17% para las primeras ganancias (hasta 50.000 euros) y del 20% para el resto. Las ERD verán su tipo reducido progresivamente hasta un 20% en 2028.
CAMBIOS EN EL IRPF POR RENTAS DE CAPITAL
Para los contribuyentes con mayores ingresos de capital, se propone elevar el tipo marginal máximo del 28% al 29% a partir de 2025, afectando las rentas de ahorro superiores a 300.000 euros.
¿QUÉ DECIMOS EN MJ&A?
Por nuestra parte, le decimos que “aquí estamos para ayudarte”.
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