EL EMPRESARIO Y SU RESPONSABILIDAD PENAL POR DELITOS COMETIDOS POR TERCEROS A SU CARGO
Un millón de páginas anuales en el BOE
En unas recientes jornadas sobre compliance se llamaba la atención sobre un hecho realmente estremecedor: En los últimos años el conjunto de Boletines Oficiales de ámbito estatal y autonómico publica anualmente cerca del millón de páginas, la mitad de las cuales contemplan modificaciones de textos legislativos anteriores.
Un buen número de estas páginas ponen el foco en normas de obligado cumplimiento para la empresa, acompañadas de severos castigos para el caso de su incumplimiento y son de tal densidad, de tanta complejidad y, en ocasiones, de tan notable mediocridad legislativa que produce un impacto directo sobre la capacidad de crecimiento económico de nuestro país y sobre quienes, a fin de cuentas, son sus únicos promotores: los empresarios.
Llevo casi medio siglo asesorando empresas. Mi admiración hacia el empresario es conocida y data de mis inicios profesionales, cuando muy pronto pude observar un común denominador en todos ellos: su capacidad para asumir y convivir con el riesgo. Riesgo de su patrimonio personal y el de su familia; riesgo de su salud física y mental; riesgo de su conciliación familiar y social y, últimamente, riesgo de que un empleado o directivo de su empresa sea autor de un delito del que se derive la responsabilidad penal a la propia empresa con descomunales multas económicas y con penas de prisión a la persona que la dirige.
Es cierto que este diluvio universal de normas de obligado cumplimiento mediante la denominada regulación autorregulada, acompañado de rayos y truenos en forma de estigmatización continuada a la figura del empresario – como si de un delincuente explotador se tratara – estimula bien poco al nacimiento de nuevos proyectos emprendedores.
Renuevo, una vez más, mi admiración por esos seres extraordinarios que un día tuvieron un sueño y hoy dirigen empresas que crean el 75% del PIB de nuestro país y dan ocupación al 80% del empleo, mientras transitan a diario con su sueño, cargados con una mochila llena de desafíos y riesgos.
Empresarios que deciden dormir tranquilos
Un buen número de estos empresarios han tomado la decisión de implementar programas de compliance y que este nuevo riesgo no les impida dormir. En particular, podemos afirmar que la casi totalidad de los clientes que nos tienen confiado el asesoramiento legal y fiscal de sus empresas nos han encomendado la implementación de programas de compliance desde hace más de 7 años.
Les agradecemos que mantengan vivos sus sueños y nos permitan acompañarlos en su viaje para conseguirlos.
Podemos observar que:
- Empresas de ingeniería y colegios han visto disminuido el coste de sus seguros gracias a contar con un programa de compliance.
- En procesos de venta de empresas, el valor de la compañía contempla la existencia o no de programas de compliance.
- En procesos de alianza con otras empresas, el compliance favorece los niveles de confianza.
- Determinados clientes exigen que sus proveedores tengan implementado programas de compliance.
- En empresas de licitación pública disponer de un compliance es una ventaja competitiva.
- Contar con un compliance fideliza y atrae talento.
- El compliance aporta el valor del sentimiento de pertenencia a los integrantes de la empresa.
- Un compliance consolida la mejora continua de la empresa.
¿Podemos ayudarles?
Si le interesa conocer más, puede descargar el archivo adjunto o visitar www.bufetemoyajover.com.
Si desea que contactemos con ustedes pueden dirigirse al teléfono 965524161 o al email bufetemoyajover@bufetemoyajover.com.
Será un placer visitarles presencialmente o por videoconferencia y exponerles de qué manera podemos ayudarles a implementar un programa de compliance en su empresa, respondiendo a sus preguntas e inquietudes.
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