INSPECCIÓN DE TRABAJO Y PLANES DE IGUALDAD
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) ha intensificado su campaña de control sobre los Planes de Igualdad en empresas con más de 50 trabajadores.

Estas inspecciones buscan garantizar que las empresas cumplan con las normativas establecidas por el Real Decreto 901/2020 y el Real Decreto 902/2020.
¿QUÉ VERIFICA LA INSPECCIÓN DE TRABAJO?
La ITSS está centrada en comprobar que las empresas:
- Cuenten con un Plan de Igualdad debidamente elaborado y registrado.
- Hayan implantado el plan correctamente en su organización.
- Cumplan todos los requisitos legales exigidos por la normativa vigente.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN PUEDE SOLICITAR LA INSPECCIÓN DE TRABAJO?
Durante el proceso de inspección, la ITSS puede requerir:
- El Plan de Igualdad vigente y prueba de su registro.
- Acta de constitución de la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad.
- Actas de reuniones para la revisión y aprobación del plan.
- Informes de seguimiento y evaluación del cumplimiento de las medidas.
- Acta de constitución de la comisión de igualdad para el seguimiento y revisión del plan.
- Registro retributivo del último año.
- Auditoría retributiva completa.
¿QUÉ CONSECUENCIAS TIENE SU INCUMPLIMIENTO?
No contar con un Plan de Igualdad adecuado, registrado e implementado puede tener graves repercusiones:
- Sanciones económicas: Hasta 225.018 €, según la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS).
- Pérdida de subvenciones y bonificaciones en la Seguridad Social.
- Prohibición de contratar con la Administración Pública, afectando la viabilidad en el sector público.
- Daño reputacional, comprometiendo la imagen corporativa y la confianza de empleados, clientes y socios.
¿CÓMO PODEMOS AYUDARTE EN MJ&A?
Sabemos que cumplir con esta normativa puede ser complejo.
"Este tema puede suponer un impacto relevante en tu empresa, y actuar a tiempo marca la diferencia.
Si te interesa asegurarte de que estás bien preparado, podemos ayudarte a revisarlo."
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