LA COTIZACION DE EMPLEADAS DEL HOGAR POR DESEMPLEO

Las empleadas del hogar dejan de carecer de protección en situación de desempleo.

Aunque el gobierno insiste en decir que es el último colectivo que queda por proteger, no es del todo cierto. ¿Qué pasa con los trabajadores autónomos? ¿Protección o brindis al sol?

Entra en vigor el Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.

La obligación de cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es a partir del 1 de octubre.

El empleador tendrá derecho a una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al FOGASA en este Sistema Especial.

Se mantiene la reducción de un 20% en la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes correspondiente a este Sistema Especial.

Además, se van a incrementar los tramos de bonificación superiores al 20%, en función de la composición del hogar y también de los niveles de renta y de patrimonio, lo que permitirá aumentar el número de beneficiarios. Los requisitos de estas bonificaciones se fijarán reglamentariamente.

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