LOS PLANES DE IGUALDAD Y EL CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS

Obligación desde el 7 de marzo de 2022.

Desde el pasado 7 de marzo, las empresas que cuentan con más de 50 empleados están obligadas a disponer de un Plan de Igualdad.

Según se informa en los medios, son muchas empresas las que están fuera de plazo y las que, en consecuencia, están expuestas a sanciones.

Inspecciones de Trabajo en acción.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), están priorizando el cumplimiento de la implantación del plan de igualdad en las empresas. El Ministerio de Trabajo y Economía Social ya adelantó en su día que el Plan Estratégico 2021-2023de la ITSS incluirá, entre otras materias, la comprobación del cumplimiento de las obligaciones relativas a planes de igualdad y registro retributivo.

Ese Plan Estratégico ya está en marcha y ya conocemos actuaciones de inspección a empresas obligadas a tener registrado el Plan de Igualdad. El resultado de muchas de estas actuaciones ya es conocido: sanción económica de 7.500 euros y requerimiento de que el Plan de Igualdad quede registrado en un plazo determinado. ¡Ojo! La sanción puede llegar a 225.018 euros.

Lo que queremos decir a la Inspección de Trabajo.

Conviene dar a conocer a los Sres. Inspectores de Trabajo por qué estas empresas están fuera de plazo.

Una de las razones es que la implantación de un plan de igualdad no es tarea fácil y, necesariamente, debe estar confiada a un asesor laboral. Y (…) los asesores laborales no dan más de sí.

¿Falta de diligencia del asesor laboral? No, en absoluto. Simplemente están colapsadas.

¿Podemos aspirar a que la inspección tenga un cierto grado de concienciación y de sensibilización sobre el escenario actual? Vale la pena el esfuerzo de intentarlo.

El escenario actual es el siguiente: desde el inicio de la pandemia, las asesorías laborales han sufrido un auténtico colapso – que la administración no ignora – motivado por:

  • La gestión precipitada de miles de Ertes en escasos días.
  • Los numerosos cambios de las reglas laborales, con “ahora digo y ahora me desdigo”.
  • Publicaciones de decretos a última hora, repletos de deficiencias legislativas y con una gran carga de inseguridad jurídica.
  • Las subidas del salario mínimo interprofesional con efectos retroactivos. Ahora sí; Ahora, no.
  • La necesidad de elaborar registros salariales, planes de igualdad, registros horarios, protocolos anti-acoso y mil historias más, al amparo de normas inspiradas desde un legislador ignorante de lo que sucede en el mundo de la empresa y en la economía real y con funcionarios más dispuestos a poner excusas que a prestar ayuda.
  • La confusa puesta en marcha de las nuevas reglas de cotización en la recta final del 2021 que obligaron a anular y a elaborar liquidaciones de miles de nóminas en plazos muy cortos.
  • La insufrible ausencia de la Administración, cerrando oficinas y obligando a los asesores a una comunicación electrónica ineficiente y cargada de fallos.

Todo lo expuesto es, sin más, rigurosamente cierto. ¿Alguna objeción?

No estaría de más que la indulgencia que la administración aplica a sus ineficiencias la aplique a la empresa que las sufre.

¡Ahí lo dejo!

Publicado el en Abogados
RSS 2.0 (Abogados) RSS 2.0 (Blog)

Deja un comentario

( * ) Campos obligatorios
Tiempo de carga: 0.203 segundos