LOS SINDICATOS EXIGEN QUE LA EMPRESA FACILITE LA TOTALIDAD DE LOS DATOS RETRIBUTIVOS.

El Tribunal Supremo dice que no.

¿HAY UNA OBLIGACIÓN DE DAR A CONOCER LOS DATOS RETRIBUTIVOS INDIVIDUALIZADOS DE LOS TRABAJADORES?

Ante la reclamación de algunos sindicatos que postulaban que se diera a conocer la retribución de todos los empleados con carácter individualizado, el Tribunal Supremo concluye que las empresas están obligadas a disponer (y facilitar a los sindicatos) un registro con los valores medios desagregados por sexo, sin que sea obligado incluir datos que permitan identificar la retribución individualizada de una persona trabajadora.

¿QUÉ DECIMOS EN MJ&A?

Que celebramos la decisión del alto tribunal. Lo contrario es abrir la caja de pandora y dejar expuesto el debate de supuestos agravios comparativos.

Que las empresas pueden y deben proteger la confidencialidad de ciertos datos, sin ceder a las exigencias de los sindicatos

Por nuestra parte, le decimos que “aquí estamos para ayudarte”.

 

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