Planes de igualdad

Algunas empresas nos han consultado sobre sus planes de igualdad y nos dicen que no han quedado inscritos en el Registro Obligatorio.

Nuestra respuesta: no pasan de ser una declaración de conceptos. No cumplen con los requisitos exigidos por la Ley.

¿Qué es un Plan de Igualdad?

Un plan de igualdad es un conjunto de medidas que han de ser adoptadas por la empresa con la finalidad de evaluar la existencia de obstáculos discriminatorios en la contratación de empleados por razón de género.

¿Qué debe contener un Plan de Igualdad?

La elaboración e implementación de un plan de igualdad ha de transitar por las siguientes fases:

Diagnóstico.

  • Información cualitativa y cuantitativa.
  • Análisis cualitativo y cuantitativo.
  • Procesos de gestión del personal.
  • Políticas retributivas.
  • Condiciones de trabajo.
  • Derechos de la vida personal.
  • Infrarrepresentación femenina.
  • Prevención de acoso sexual.

Objetivos.

  • Definición de objetivos.
  • Selección de objetivos
  • Priorización de objetivos.

Medidas a implantar.

  • Diseño de medidas.
  • Implantación de medidas.

Seguimiento de las acciones.

  • Calendarización
  • Seguimiento de procesos.
  • Desarrollo de acciones.
  • Evaluación.
  • Soluciones aportadas.
  • Objetivos logrados.

Evaluación de resultados.

  • Grado de cumplimiento.
  • Grado de dificultad.
  • Grado de éxito.
  • Evaluación de procesos.
  • Cambios en la cultura empresarial.

Registro del Plan de Igualdad.

Una vez finalizado y aprobado el Plan de Igualdad deberá ser objeto de inscripción en el Registro de Planes de Igualdad.

Régimen sancionador.

No cumplir con las obligaciones que en materia de igualdad vienen establecidas en el Estatuto de los Trabajadores o en el Convenio Colectivo pueda dar lugar a sanciones económicas que oscilan entre 626 euros y 187.515 euros.

¿Qué decimos en MJ&A Consultores?

Que tenga presente que nuestra Administración quiere recaudar, recaudar y recaudar. Si, así es, recaudar a toda costa. No es temerario prever que la inspección pondrá en marcha este nuevo instrumento recaudatorio.

Que no ponga en riesgo a su empresa y se disponga a cumplir con esta nueva obligación.

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