SOCIEDAD CIVIL: BALANCE DE APERTURA

Si su SOCIEDAD CIVIL va a tributar por el Impuesto sobre Sociedades, deberá llevar su contabilidad como cualquier sociedad mercantil. ¿Cuál será su balance de apertura a 1 de enero de 2016 si no ha llevado contabilidad hasta ahora?

Contabilidad. Si su sociedad civil pasa a tributar por el Impuesto sobre Sociedades en 2016, deberá llevar su contabilidad como si de una sociedad mercantil se tratase.

¡Atención! Por tanto, si la entidad no ha estado obligada a llevar contabilidad hasta ahora (más allá de los libros registro), deberá reconstruir su balance a 1 de enero de 2016 y, a partir de dicho asiento inicial, contabilizar las operaciones que realice desde ese momento. Apunte. Vea los pasos que deberá llevar a cabo para construir su balance correctamente.

Construya su balance de apertura

Paso 1. Inmovilizados. En primer lugar, determine el valor de los inmovilizados de la sociedad civil (materiales e inversiones inmobiliarias) según los datos que aparezcan en el libro registro de bienes de inversión que hasta ahora estaba obligada a llevar.

Apunte. Haga constar en el balance de apertura el valor de adquisición de dichos activos menos la amortización acumulada. En este sentido:

  • Recuerde que, tanto si la sociedad civil tributaba por estimación directa simplificada como si lo hacía en estimación objetiva, podía computar cada año un gasto por amortizaciones.
  • Si en algún ejercicio no computó dicho gasto por amortizaciones, considere al menos la amortización mínima que debería haber aplicado.

Paso 2. Deudas y otros activos. Incluya también las deudas y créditos (en general, deudas pendientes de pago por adquisición de activos o con proveedores, y créditos a clientes), así como otros activos de los que su entidad fuera titular a 31 de diciembre de 2015.

Apunte. Recopile los documentos que acrediten la existencia de dichos elementos. Por ejemplo:

  • Tesorería Justificantes de los saldos bancarios de la sociedad civil a 31 de diciembre.
  • Saldos de clientes y proveedores Contratos formalizados o presupuestos aceptados, albaranes de recepción y entrega, el posterior pago en la cuenta de la sociedad civil…
  • Existencias Incluya también el valor de sus existencias a final de año, justificándolo con las facturas de compra.  Si es minorista, también le servirá como medio de prueba el inventario que haya presentado en enero ante Hacienda para recuperar el IVA y el recargo de equivalencia soportados en su compra.

Paso 3. Fondos propios. Por último, la diferencia entre los activos y pasivos indicados constituirán sus fondos propios, y éstos tendrán la consideración de “aportaciones de socios” (ya que, al no haber contabilidad previa, no podrá desglosarse qué parte corresponde a reservas).

Apunte. El importe de dichas aportaciones será, para el socio, el valor de adquisición de su participación en la sociedad civil, a efectos de futuras transmisiones.

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